Al menos tal y como se aplica en España. A pesar de que el tribunal europeo reconoce el derecho a compensación de los artistas considera que, al menos en el caso de empresas no se puede aplicar de forma indiscriminada.
Ya es la segunda sentencia en esta línea que viene desde Europa, lo que no acabo de entender es porqué en el caso de los usuarios sí se puede aplicar de forma indiscriminada, si alguien sabe por dónde van los tiros que se pronuncie.
PD: esto salió el 21 tal y como dijimos pero he estado muy liado formateando mi disco duro (con canon) e instalando todo de nuevo
domingo, 24 de octubre de 2010
El canon digital declarado ilegal
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario